• Publica Gobierno del Estado de México reformas al Código Civil que establecen que tras un divorcio voluntario o separación, ambas partes tengan derecho a recibir alimentos.
• Reconocen el valor del trabajo en el hogar y las tareas para el cuidado de la familia de mujeres y hombres por igual.
Toluca, Estado de México, 29 de abril de 2020. El Gobierno del Estado de México publicó las reformas aprobadas en la Legislatura para modificar el Código Civil, para eliminar los prejuicios de roles de género y reconocer el trabajo de ambos cónyuges o concubinos en la construcción y desarrollo de las familias.
Las modificaciones fueron realizadas en los artículos 4.109, 4.127, 4.129 y 4.138 del Libro Cuarto del derecho familiar, y publicadas en la Gaceta del Gobierno, dichas reformas consideran la protección, organización y desarrollo integral de los miembros de la familia, basados en el respeto a su dignidad, libertad y la equidad de género, pues reconoce como iguales a hombres y mujeres como sujetos de garantías en caso de separación o divorcio.
Bajo esta premisa, se garantiza que en los casos de divorcio voluntario, se proveerá de alimentos a cualquiera de los cónyuges que durante el matrimonio haya realizado trabajo del hogar y tareas para el cuidado de la familia.
Esto aplica también para cualquiera de los cónyuges o concubinos que por su condición o circunstancia no puedan allegarse por sí mismos de sus alimentos.
Además, reconoce la aportación y los derechos de cualquiera de los cónyuges o concubinos que se haya dedicado cotidianamente al trabajo del hogar o se encuentren imposibilitados física o mentalmente para trabajar.
También se refrenda el derecho a recibir alimento para las y los hijos menores de edad o mayores de edad que se dediquen al estudio, los discapacitados y los adultos mayores.
Con estas reformas al Código Civil, el Gobierno del Estado de México garantiza el pleno ejercicio de los derechos de las y los mexiquenses y pone a disposición la liga de la Gaceta del Gobierno http://legislacion.edomex.gob.mx/ve_periodico_oficial.