Universidad de Chapingo alista elección de rectoría entre críticas por calendario adelantado

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CHAPINGO, Texcoco, Estado de México.— El H. Consejo Universitario (HCU) de la Universidad Autónoma Chapingo (UACh) prevé aprobar este lunes 21 de septiembre de 2026 el Reglamento y la Convocatoria para elegir a la persona titular de la Rectoría durante el periodo 2027-2031, mediante un plebiscito presencial programado para el 23 de noviembre de 2026, cuatro meses y 14 días antes de la toma de posesión. Integrantes de la comunidad cuestionaron el adelanto y advirtieron un posible conflicto de interés, debido a que el actual rector, Ángel Garduño García, puede buscar la reelección y preside el órgano encargado de aprobar las reglas del proceso.

De acuerdo con el calendario propuesto, el Reglamento y la Convocatoria se publicarían el 22 de septiembre. La recepción de documentos de aspirantes se efectuaría del 12 al 16 de octubre, mientras que la revisión se realizaría los días 19 y 20 del mismo mes.

El HCU aprobaría los registros en una sesión extraordinaria el 21 de octubre y las constancias de candidatura serían entregadas al día siguiente. La campaña se desarrollaría del 23 de octubre al 19 de noviembre, fecha prevista para el debate oficial y el cierre de las actividades proselitistas.

El periodo de reflexión comenzaría el 20 de noviembre y la votación se celebraría el lunes 23, de las 8:00 a las 18:00 horas. El proyecto establece que el sufragio será exclusivamente presencial y no contempla la modalidad electrónica.

Documentos no justifican el adelanto

Ni el proyecto de Reglamento ni la Convocatoria exponen las razones para celebrar el plebiscito con más de cuatro meses de anticipación respecto de la toma de posesión, programada para el 6 de abril de 2027.

El antecedente inmediato presenta una diferencia considerable. En 2023, el plebiscito en el que resultó electo Garduño García se realizó el 22 de marzo y la toma de posesión ocurrió el 6 de abril, dos semanas después. Sin embargo, ese proceso tuvo carácter extraordinario debido a la destitución del entonces rector José Solís Ramírez.

La legislación universitaria permite que quien ocupe la Rectoría durante cuatro años sea reelegido por una sola ocasión. Por ello, Ángel Garduño García podría participar nuevamente, ya que ninguno de los documentos propuestos impide que el titular en funciones solicite su registro.

Cuestionan posible conflicto de interés

El artículo 14 del Reglamento y la Base Segunda de la Convocatoria establecen que quienes ocupen cargos de dirección, administración o manejo de recursos institucionales deberán separarse del puesto al entregar su documentación, entre el 12 y el 16 de octubre.

Para entonces, el Reglamento, la Convocatoria y el calendario ya habrían sido aprobados por el HCU, órgano que preside el actual rector. Esta circunstancia concentra los cuestionamientos de integrantes de la comunidad universitaria, quienes calificaron el adelanto como un “madruguete”.

Aunque el artículo 9 incorpora el principio de neutralidad institucional y obliga a los integrantes del Consejo Universitario a no utilizar su cargo, recursos o información privilegiada para beneficiar o perjudicar candidaturas, el ordenamiento no establece un procedimiento expreso de excusa o recusación ante un eventual conflicto de interés.

Detectan discrepancias en el padrón electoral

Los documentos también presentan diferencias respecto de la integración del padrón, del cual dependerá alcanzar el quórum de 50 por ciento más uno requerido para validar el plebiscito.

La Base Sexta de la Convocatoria señala que el padrón definitivo cerrará el 13 de noviembre. Sin embargo, el artículo 34 del Reglamento dispone que, un día antes de la elección, Servicios Escolares y Recursos Humanos deberán entregar información actualizada para que la CIAPSA integre el listado oficial.

El Transitorio Tercero establece que, cuando exista una contradicción, deberá prevalecer la disposición de mayor jerarquía y que la Convocatoria no podrá imponerse al Reglamento. No obstante, los documentos no fijan un periodo específico para revisar o corregir el padrón electoral.

Los artículos 8, 38 y 49 facultan a la CIAPSA para ampliar el horario de votación si no se alcanza el quórum, previa notificación al HCU, pero no establecen un límite para esa extensión. En el proceso de 2023 participó el 81.3 por ciento de un padrón integrado por 10 mil 872 personas.

Reglamento limita la participación externa

El artículo 31 prohíbe la intervención de personas ajenas a la comunidad universitaria en actos de proselitismo, incluso “de manera pasiva”, e incluye a egresados y trabajadores administrativos y de confianza. El artículo 32 también impide financiar u organizar comidas, fiestas o rodeos durante la campaña.

En contraste, los proyectos no contienen una prohibición específica para inauguraciones, entregas de apoyos, giras, festivales o difusión institucional de la administración central durante el periodo electoral. Únicamente establecen restricciones generales sobre el uso de recursos oficiales y conductas indebidas.

Las inconformidades relacionadas con la campaña o la jornada electoral deberán presentarse por escrito ante la CIAPSA dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento del acto impugnado. En asuntos vinculados con el escrutinio podrán promoverse hasta antes de la sesión de validación, y el HCU tendrá la resolución definitiva.

La sesión para discutir y votar el Reglamento y la Convocatoria está programada para este lunes. Si los documentos son aprobados, serán publicados el 22 de septiembre y quedará abrogado el Reglamento expedido el 30 de enero de 2023.