Acolman, Estado de México a 10 de mayo de 2023. Durante la madrugada de este miércoles, cuatro sujetos fueron detenidos por policías municipales por retirar la propaganda política del partido de Morena ubicada en muros y portones de casas en la comunidad de Tenango de este municipio.
Dichos sujetos fueron detectados a través de las cámaras del Centro de Mando, quienes solicitaron a los elementos acudir al sitio para interceptarlos tras tratarse de una conducta contraria a lo que se dispone en el Código Electoral del Estado de México.
Al respecto la representación de Morena ante la junta distrital del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), Denise Rosas Juárez asistió para reafirmar la imputación sobre los actos vandálicos registrados la madrugada de este miércoles.
Con dicha acción, se insta a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) para que haga valer el estado de derecho y se aplique lo dispuesto en el artículo 471 en su numeral cuarto, párrafo segundo del Código Electoral vigente en la entidad.
Toda vez que dicho artículo refiere que cualquier ciudadano que contravenga lo dispuesto en el Código Electoral de nuestro estado, puede ser sancionado hasta dos mil días de salario mínimo.
Los detenidos fueron identificados como René “N” de 35; Ricardo “N” de 22; Martín “N” de 55; David “N” de 19 años respectivamente y acompañados de un menor de edad, al menos dos tienen su domicilio el municipio panista de Tezoyuca y uno más es originario de Ecatepec.
Los sujetos fueron asegurados al momento en que arrancaban la propaganda política de la maestra Delfina Gómez a bordo de una motocicleta de la marca Italika, color rosa con placas de circulación 4N8SG y otra de la marca Italika FT150, color rojo.
La representación del partido Morena lamentó que este tipo de actos sean promovidos por actores políticos de la región contrario al proyecto de la Cuarta Transformación, por lo que instó a la autoridad electoral a que sea garante de las condiciones de equidad en la colocación de propaganda, según lo dispone el artículo 262 de mencionado Código Electoral.