Aprueba Senado consumo y comercio de marihuana con fines lúdicos y medicinales

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Una vez que entre en vigor, los mayores de edad podrán portar de 5 hasta 28 gramos de mariguana para consumo personal, los cuales, deben ser adquiridos en establecimientos con permiso.

Manuel Godínez

Contrapapel. – Con 83 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones, el pleno de la Cámara de Senadores dio luz verde a la regulación integral del consumo y comercio de la mariguana con fines lúdicos y medicinales.

El proyecto de decreto que reformará el artículo 81 de la Ley Federal de Salud, contempla un nuevo ordenamiento legal para regular y controlar el consumo, producción y comercio del cannabis.

El proyecto también pretende una serie de adiciones a la Ley General de Salud, al Código Penal Federal, a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y a la Ley de Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.

Lo aprobado también incluye la creación de la Ley para la Regulación del Cannabis, y el Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis, el cual, será un organismo desconcentrado de la Secretaría de Salud, que tendrá como encargo, regular, reglamentar, monitorear, sancionar y evaluar el sistema de regulación del cannabis.

Una vez que entre en vigor, los mayores de edad podrán portar hasta 28 gramos de mariguana para consumo personal, los cuales, deben ser adquiridos en establecimientos con permiso.

El consumo será en privado o en lugares establecidos por ley, por lo que no se podrá fumar si se está frente a menores de edad; si se está en lugares libres de humo de tabaco o si está en lugares con concentración masiva de personas.

En el caso del autoconsumo, cada persona podrá tener hasta hasta 4 plantas de cannabis y 6 en caso de que vivan dos personas.